Por acuerdo mutuo, los padres podrán establecer el orden de los apellidos al momento de registrarlos
Culiacán | Los padres de un menor reconocido podrán decidir de manera libre el orden de los apellidos de sus hijos en el acta de nacimiento, de acuerdo con las reformas y adiciones al Código Familiar del Estado, que fueron aprobadas por el Congreso de Sinaloa, como parte de los derechos de igualdad y no discriminación a las mujeres.
Una vez publicada en el Periódico Oficial del Estado la ley entrará en vigor y lo novedoso es que los progenitores, por mutuo acuerdo, tendrán la facultad de establecer el orden de los apellidos de sus hijos de manera libre e informada, sin que esta determinación pueda ser restringido por razones de género.
Mientras los padres no señalen el orden de los apellidos, en el Registro Civil se asentará el primer apellido del padre y de la madre en el orden regular.




















